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La «vida humana» como valor supremo

«Ley de Protección de la Vida del Concebido y de los Derechos de la Mujer Embarazada» (anteproyecto de Ley)

La «vida» es un valor superior, sin el cual los demás derechos no existirían

 

A. Fundamentos jurídicos del anteproyecto de Ley

El «Derecho a la vida» y la «dignidad» de la persona, ejes vertebradores del anteproyecto de ley.

    Todos tienen derecho a la vida. (Constitución española, art. 15)

    Dicho derecho, es la proyección de un valor superior del ordenamiento jurídico constitucional  y constituye el derecho fundamental, esencial y troncal sin el que los restantes derechos no tendrían existencia posible.

    Indisolublemente relacionado con el derecho a la vida se encuentra el valor jurídico fundamental de la dignidad de la persona, reconocido en el artículo 10 de la Constitución

Constitución Española

Artículo 15: «Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes (...)»

Sentencia del TC

«Si la Constitución protege la «vida» con la relevancia a la que antes se ha hecho mención, no puede desprotegerla en aquella etapa de su proceso que no sólo es condición para la vida independiente en el claustro materno, sino que es también un momento del desarrollo de la vida misma (...)». «Esta protección que la Constitución dispensa al nasciturus implica para el Estado con carácter general dos obligaciones: la de abstenerse de interrumpir o de obstaculizar el proceso natural de gestación, y la de establecer un sistema legal para la defensa de la vida que suponga una protección efectiva de la misma».

Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU)

(Suscrita por España en abril de 2008). Su artículo 10 señala que «los Estados parte reafirman el derecho inherente a la vida de todos los seres humanos y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar el goce efectivo de ese derecho por las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás».

Informe Consejo Fiscal

Se pronuncia sobre el anteproyecto de la ley de plazos de Aído. Considera inconstitucionales dos artículos (12 y 14) debido «a la desprotección del nasciturus que se observa en el texto respecto a la jurisprudencia del TC sobre el tema: «(...) Durante las doce primeras semanas de gestación la prevalencia de la voluntad de la madre y de sus derechos aparece como absoluta, frente al valor de la vida encarnado en el nasciturus». «(...) La vida del nasciturus es un bien jurídico protegido por el artículo 15 de la Constitución».

Naciones Unidas

En el examen de los informes presentados por los Estados parte sobre el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, señala: «El comité recomienda al Estado parte que suprima la distinción hecha en la ley Nº2/2010 (ley Aído) en cuanto al plazo dentro del cual la ley permite que se interrumpa un embarazo por motivos de discapacidad exclusivamente».

Anteproyecto del Gobierno

El Gobierno en el preámbulo de la ley enfatiza el «derecho a la vida». Subraya que es la «vida» es un valor superior sin el cual los demás derechos no existirían.

Del nasciturus como “bien jurídico” protegido // a la defensa del “derecho a la vida”.

Equipara los derechos del nasciturus con los de la mujer, de forma que ninguno de ellos es absoluto y habrá que ponderarlos en caso de conflicto. El nasciturus es un bien jurídico protegido y tiene derecho a la vida con independencia de que se desarrolle con una discapacidad. Del nasciturus como «bien jurídico protegido» a la defensa del «derecho a la vida», entendido éste como un valor superior sin el que los demás derechos no tendrían sentido.

«La Constitución Española, en su artículo 15, establece que todos tienen derecho a la vida. Dicho derecho, en el mismo sentido que lo recoge la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos ratificados por España, es la proyección de un valor superior del ordenamiento jurídico constitucional. La vida humana constituye el derecho fundamental, esencial y troncal sin el que los restantes derechos no tendrían existencia posible. Indisolublemente relacionado con el derecho a la vida se encuentra el valor jurídico fundamental de la dignidad de la persona, reconocido en el artículo 10 de la Constitución como núcleo de otra serie de derechos inviolables».(…)

La vida del concebido y no nacido constituye un bien jurídico protegido por la Constitución, que conlleva para el Estado dos obligaciones: la de abstenerse de interrumpir u obstaculizar el proceso natural de gestación, y la de establecer un sistema legal para la defensa de la vida que suponga una protección efectiva de la misma.

Tras recordar que la protección de la vida del nasciturus no tiene un carácter absoluto y que debe ser ponderada en relación con otros derechos, el Gobierno ha retocado el texto para hacer hincapié en este punto en la colisión de los derechos del no nacido con otros relativos a «valores constitucionales de muy relevante significación», como son la vida y la dignidad de la mujer.

Fuente: Diario ABC

B. El aborto no puede ser un derecho, en todo caso una excepción

El aborto "nunca puede ser un derecho" en todo caso "siempre tiene que ser una excepción"

Sandra Moneo dirigente del PP, ha asegurado : "Hay una realidad y es que el aborto nunca puede ser un derecho, siempre tiene que ser una excepción", ha insistido la dirigente del PP Sandra, que ha subrayado que ningún tratado internacional o convenio contempla el aborto como un derecho y ha recordado que la semana pasada el Parlamento Europeo rechazó esa postura que "hoy defiende el PSOE".


C. La intrahistoria de la implantación y expansión del aborto en la época contemporánea 

Razones históricas implantación-expansión del aborto, dónde, bajo qué regímenes, por qué razones… la intrahistoria de la expansión del aborto en la época contemporánea

Uno de los aspectos más llamativos del debate que se ha abierto sobre el aborto con motivo de la nueva política que ha acordado el Gobierno del partido de Mariano Rajoy es la pobreza argumental de quienes lo defienden.

Paises con aborto legalizado En verde, paises en los que el aborto está ampliamente legalizado. La normalización legal del aborto es un fenómeno muy reciente. Empezó en los países comunistas, en USA en 1973 y, desde ahí, se fue extendiendo a Europa, primero, y después al resto del mundo, a impulsos de ideologías, intereses económicos y estrategias políticas hoy muy contestadas.

El aborto es presentado actualmente como un signo de progreso, de avance de la liberación de la mujer, pero en realidad esta no es su veradera historia. Este acto tan inhumano se ha introducido de nuevo en nuestra civilización, primero en Rusia como consecuencia de la Revolución Bolchevique de 1917. La raíz de esta legalización no estaba en los derechos subjetivos e individuales, algo que es evidente que el comunismo no asumía ni defendía porque consideraba tal enfoque como una perspectiva burguesa. La razón básica era la necesidad de incorporar a la mujer a la industria y al trabajo de la agricultura colectivizada y, para ello, se consideró que era mejor que no tuviera hijos. Después, esta política fue corregida en un continuo vaivén en función de los datos y la sensibilidad demográfica, porque lo cierto es que este inicial fomento del aborto ha tenido consecuencias muy graves sobre la demografía rusa, que hoy paga las consecuencias e intenta rectificar.

El segundo lugar donde se legalizó el aborto fue en la China comunista, en los territorios controlados por el PC inicialmente, y después en el nuevo Estado comunista. Es obvio que en este caso tampoco jugaban para nada el derecho a la elección de la mujer ni ningún principio subjetivo. La cuestión estaba relacionada, una vez más, con el incremento de la mano de obra y, en el caso chino, con la voluntad de controlar el crecimiento de la población.

Después, el aborto fue legalizado en Japón, y en este caso el dato es todavía más interesante, porque esta legalización se llevó a cabo en el periodo de ocupación americana. Fue establecido por las autoridades militares y se produjo la paradoja evidente a los ojos de quienes lo leen en términos progresistas que los Estados Unidos legalizaban el aborto en Japón y lo mantenían prohibido en su casa. ¿Es que acaso la potencia triunfante quería tratar y dar más derechos a las japonesas que a las norteamericanas? Claro que no. De lo que se trataba era una vez más de controlar el crecimiento de la población, facilitar la tarea de la reconstrucción a base de disponer de mano de obra femenina y limitar el número de niños que atender. Tuvo que pasar más de una década para que el aborto se legalizara en Estados Unidos, y después, ya entrados los años sesenta del siglo pasado, en Europa. Se trata por tanto de un fenómeno reciente y cuya historia no tiene nada que ver ni con el pretendido feminismo ni nada que se parezca, sino con él forzar la incorporación laboral de la mujer y el control de la población. Si esto es una actitud progresista es que hemos perdido el más elemental sentido común.

Los argumentos sobre el aborto se reducen básicamente a dos: el primero es el que declara el derecho de la mujer al propio cuerpo. Hay que advertir a quienes afirman esto sin más razonamientos que si se trata de un derecho lo que se está proclamando es que el aborto en sí mismo es un bien, porque si no fuera así no tendría sentido que gozara de la condición de derecho. Nunca un mal puede serlo. Pero es que además tal derecho es, como todos, limitado por los derechos de los demás. Nadie es propietario absoluto de su cuerpo, porque si no el suicidio estaría permitido, uno podría vender su sangre, un riñón, su esperma o unos óvulos. Pero nada de eso se puede hacer. Nadie puede comercializar con partes de uno mismo, y esto significa una limitación del derecho al propio cuerpo. Existe una razón externa al individuo, una razón objetiva, que lo impide. Y si esto reza para el propio cuerpo, ¿cómo no va a existir esta limitación ante un tercero que es distinto a la madre, como señala sin ninguna duda el ADN? El ser humano engendrado contiene ya desde el mismo instante de su formación todo el código genético que determinará su naturaleza hasta que muera. La mujer no tiene un derecho sobre este tercero, y mucho menos el derecho de dañarlo.

No es una parte de la propia persona, aunque la monja Forcades insista en equipararlo a un riñón, a pesar de su condición de médica, sino que se trata de un tercero que debe ser tratado como tal y que es sujeto a derechos propios. Por consiguiente, no existe la posibilidad desde cualquier razonamiento jurídico que no sea arbitrario e injustificable sostener que durante un periodo de tiempo la mujer puede decidir libremente lo que puede hacer sobre otro ser humano.

(…) La idea de que porque es dependiente de la madre ya puede disponer de su vida es también un absurdo insostenible. Por fuerte y absoluta que sea la dependencia, da derecho al cuidador a disponer sobre la vida del cuidado. Otro argumento que se utiliza es el de que el feto no es una persona. El feto es un ser humano, que como tal tiene derecho a realizarse, y que esta realización implica, en los primeros estadios de la vida, que no finalizan con el nacimiento, su desarrollo natural.

La cuestión es ver quién de los defensores del aborto se atreve a decir que no es un ser humano.

Fuente: ForumLibertas


D. Los 10 bulos más frecuentes sobre el aborto que aparecerán estos días en los medios

Son muchos los mitos, las falacias y mentiras en torno a esta cuestión, y es necesario saber responder con argumentos claros. Este texto  puede ser de utilidad.

Desmontados por Benigno Blanco
presidente Forfo de la familia

La presentación de la reforma de la ley del aborto reavivará un debate que nunca ha desaparecido de la sociedad española. Son muchos los mitos, las falacias y mentiras en torno a esta cuestión, y es necesario saber hacerles frente. El Presidente del Foro Español de la Familia responde a diez tópicos muy extendidos sobre el aborto.

1. Se trata del derecho de la mujer a decidir
No. Cuando la ley permite a los libres disponer de la vida de los esclavos, a los padres de la vida de los hijos recién nacidos, a los hombres de la vida de la mujer, a los arios de la vida de los judíos, a los blancos de la vida de los negros, o a las embarazadas de la vida de sus hijos no nacidos...; no se trata del derecho a decidir de los libres, los padres, los hombres, los arios, los blancos o las embarazadas, sino de la denegación del derecho a la vida de los esclavos, los recién nacidos, las mujeres, los judíos, los negros o los aún no nacidos.

2. Hay dudas razonables sobre cuándo se origina la vida humana
No es cierto. Hay evidencia científica de que la vida individual -y no sólo en la especia humana- se origina con la concepción al formarse el patrimonio genético del individuo que le definirá para siempre como uno de la especie humana sin margen de duda alguna. Y si alguien tuviese dudas al respecto, la más elemental consideración ética debe llevar a aplicar una presunción de humanidad o presunción de vida, pues no es admisible asumir el riesgo de matar a un hombre sobre la base de una duda (sobre si está o no está allí donde se dispara, por ejemplo).

3. Si no se legaliza el aborto, habrá abortos clandestinos y morirán muchas mujeres
No es cierto. No hay ninguna evidencia científica de que eso sea verdad, sino de lo contrario:

* Cuando algo se legaliza, aumenta su número; y cuando algo se prohíbe, va disminuyendo su práctica. Si no fuese así, el derecho penal carecería de razón de ser.

* En los países donde el aborto está prohibido (por ejemplo, Irlanda) la mortalidad femenina por razones atinentes al embarazo y el parto es inferior a la de países vecinos donde el aborto es legal (por ejemplo, Gran Bretaña). Lo mismo sucede en Chile, único país de su entorno donde no se permite el aborto por ninguna causa, respecto a los países vecinos.

* En todos los países donde se ha legalizado el aborto, su número ha aumentado cada vez más; y en los países donde se vuelve a proteger la vida, su número disminuye, como ha sucedido en Polonia a partir de 1993.

Este argumento da por supuesta una falacia: la de que las mujeres, en cualquier caso, abortarán. Y eso no es cierto, las mujeres van asumiendo el aborto como una solución a sus problemas cuando éste es legal. Si la ley no lo permite, el aborto adquiere el carácter residual de todo lo ilícito.

4. La ONU reconoce el derecho al aborto con carácter universal
Es falso. Ningún instrumento de derecho internacional en materia de derechos humanos reconoce el derecho al aborto, ni con carácter universal (ONU), ni regional (tratados europeos o latinoamericanos de derechos humanos). Así lo ha establecido el TEDH respecto a Irlanda, por ejemplo.

Sí existen algunas plataformas, conferencias internacionales o comités varios en la comunidad internacional que han empezado a usar en los últimos años la expresión derechos sexuales y reproductivos, que algunos quieren interpretar como comprensiva del derecho al aborto; pero ni esas plataformas, conferencias o comités tienen valor jurídico vinculante para los Estados, ni nunca se ha admitido pacíficamente que esa expresión incluya el aborto.

5. La normalización del aborto es la única opción progresista y su implantación es imparable
No es cierto. La normalización legal del aborto es un fenómeno muy reciente -y siempre discutido y contestado en todos los sitios- que empezó (si dejamos de lado los países comunistas que no respetaron ningún derecho humano) en USA en 1973 y, desde ahí, se fue extendiendo a Europa, primero, y después al resto del mundo, a impulsos de ideologías, intereses económicos y estrategias políticas hoy muy contestadas (obsesión maltusiana por el control de la población, revolución sexual sesentayochista, imperialismo yanqui, presión de la industria del aborto y la anticoncepción sobre los Gobiernos, ideología de género, etc).

El aborto no sólo no está normalizado en el mundo, sino que encuentra cada vez más resistencia en todas partes y, en primer lugar, en Estados Unidos, donde empezó este fenómeno. En este país, ya una mayoría de la población se define como pro life -provida- y no como pro choice -pro-elección-, según la encuesta Gallup; y más de la mitad de los Estados de la Unión han aprobado en los últimos años leyes restrictivas del aborto con una cadencia que sigue en aumento, a pesar de contar en estos momentos con el Presidente más proabortista de su historia, Obama.

Por otra parte, varios países del ex bloque comunista han aprobado leyes restrictivas del aborto a partir de 1989 (el caso más exitoso es el de Polonia), y en toda la América Latina se está produciendo una gran resistencia a la aprobación del aborto que se exige a aquellos países de forma insistente y colonialista desde Naciones Unidas.

En la Europa occidental, el aborto es objeto de amplio debate social en países como España, Irlanda, Francia o Italia. En ningún sitio es algo normalizado y pacífico.

6. Sin el aborto, la bomba demográfica explotaría y la vida en la tierra sería imposible
No existe ninguna bomba demográfica sino, por el contrario, un grave problema demográfico de envejecimiento de la población que hace peligrar la subsistencia de nuestras sociedades (en Europa, y en España de forma particular, esto es evidente). Incluso los países que, como China, han apostado por el aborto como instrumento de control de la población, están dando marcha atrás por los terribles trastornos en su población que han provocado.

Incluso si fuese verdad que existiese un problema de crecimiento de la población, no parece que eliminar vidas humanas sea la forma más humana de resolver este problema. El fin no justifica los medios, máxime si los medios son homicidas.

7. El aborto es una conquista feminista a la que no podemos renunciar
No es cierto. El aborto es una solución machista a un problema de todos. El aborto es la garantía última de la irresponsabilidad sexual del varón que, gracias a él, deja en manos de la mujer toda la responsabilidad de las relaciones sexuales: gracias al aborto, el varón se desentiende de las consecuencias de su actividad sexual abocando a la mujer a abortar (y es ella quien cargará con el peso moral, sicológico y vital de esta decisión), o a asumir las consecuencias (la responsabilidad sobre el niño) en caso de no hacerlo.

El aborto sí que es violencia de género contra la mujer. Cuando se legaliza el aborto, la mujer se puede ver sometida a todo tipo de presiones para abortar recayendo sobre ella la responsabilidad de liberar a todo su entorno de la responsabilidad sobre la vida en marcha en su interior.

8. Sin aborto legal, la revolución sexual estaría en peligro
Este argumento sí es veraz. Sin el aborto legal, la irresponsabilidad sexual sistemática y generalizada no sería posible. La legalización del aborto es el precio que pagamos para ser sexualmente irresponsables de forma sistemática, sin consecuencias en el corto plazo. Pero este precio es muy alto: millones de niños que no llegan a nacer, millones de vidas de mujeres destrozadas, una sexualidad deshumanizada, pues su consecuencia no es la vida, sino la muerte, etc.

9. Las leyes permisivas del aborto no obligan a nadie: quien no quiera abortar no está obligado a hacerlo
Este argumento no es cierto, pues:

a) las leyes permisivas del aborto crean estructuras de violencia estructural sobre la mujer para que aborte que no existirían con carácter general si el aborto no fuese legal. Ésta es experiencia común en muchas mujeres que han abortado: no fueron libres, sino que acudieron al aborto presionadas por un entorno que sólo les ofrecía esa solución a sus problemas.

b) La legalización del aborto introduce en nuestro ordenamiento jurídico la violencia como forma legítima de resolver problemas, y esto afecta a toda la sociedad por el efecto pedagógico de las leyes.

c) El aborto legal supone que el Estado asume que no debe proteger la vida de un grupo de seres humanos, los no nacidos. Se degrada así el compromiso ético y humanista del Estado, la sociedad en su conjunto y el Derecho. Y esto siempre tiene consecuencias (negativas).

10. Exigir la prohibición del aborto es una inadmisible injerencia de la Iglesia en la vida pública de una sociedad pluralista
Hipócrates y Galeno no eran católicos -pues vivieron siglos antes de Cristo- y ya establecieron que la ética médica impedía la práctica del aborto. Si legalizásemos todo lo que la Iglesia prohíbe, deberíamos legalizar el asesinato, la violación, el robo..., y prácticamente todo lo que el Código Penal prohíbe. No parece éste, por tanto, argumento muy serio.

Fuente: Foro de la familia/Religionenlibertad.com

Para más información, visitar la sección CULTURA DE LA VIDA


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