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2012: Campaña Nacional por la Abolición del Aborto en España.

Iniciaremos una nueva campaña por la abolición del aborto, inspirada en la lucha contra la esclavitud. Solicitamos que el Grupo Popular  inicie las medidas legislativas para lograr el pleno respeto de la vida humana.

 

Campaña abolición del abortoMARTES, 27 DE DICIEMBRE DE 2011.- Ignacio Arsuaga, presidente de HazteOir.org, entidad impulsora de la plataforma Derecho a Vivir, ha transmitido por carta al portavoz del Grupo Popular en el Congreso, Alfonso Alonso, que va a desarrollar en los próximos meses una Campaña Nacional por la Abolición del Aborto en España.

Arsuaga subraya en la citada carta que las palabras de la vicepresidenta del Gobierno el pasado viernes, en las que aseguraba que el Ejecutivo va a actuar para "preservar el derecho a la vida y garantizar la situación de las menores", junto a declaraciones del mismo tenor realizadas por diferentes dirigentes populares en los últimos meses, en las que se califica el aborto como «una tragedia para las mujeres y un fracaso para toda la sociedad» llevan a la conclusión lógica de una actuación parlamentaria acorde, que lleve a la derogación del aborto en nuestro país.

"Si es cierto que la legislatura pasada la sociedad se opuso de manera masiva a la ley del aborto aprobada finalmente por el Gobierno, esta legislatura no vamos a dejar de reivindicar el derecho a nacer de todo ser humano", expone Arsuaga.

Aborto y esclavitud

El planteamiento de fondo de la nueva Campaña Nacional por la Abolición del Aborto, impulsada por Derecho a Vivir, hunde sus raíces en el movimiento ciudadano antiesclavista desarrollado de finales del siglo XVIII a principio del siglo XIX.

"La lucha ciudadana en diferentes países para lograr la abolición de la esclavitud se desarrolló, en la mayoría de los casos, durante décadas antes de obtener el resultado que hoy conocemos: una conciencia global de la esclavitud como algo intolerable en sociedades avanzadas y abiertas", asegura Arsuaga.
 "Quienes formamos parte del Derecho a Vivir tenemos la convicción de que también lo conseguiremos con el aborto y con todo atentado contra la vida humana –continua el presidente de Hazteoir.org-. De los poderes públicos depende ser facilitadores de la protección de la vida humana en todas sus fases o formar parte de quienes alargan el drama que supone el aborto".

Fuente: Hazteoir.org


 

A partir sentencia Tribunal de Justicia de la Unión Europea:
Cada vez más cerca del reconocimiento del derecho a la vida desde la concepción.

Histórico reconocimiento por el Tribunal Europeo de Justicia del embrión humano desde la fecundación.

Si un óvulo fecundado es un embrión humano, lo es tanto para experimentar como para la reproducción asistida

La dignidad de la vida humana, por JOSÉ LUIS REQUERO

JOSÉ LUIS REQUERO
Magistrado

En pocas semanas los dos grandes tribunales europeos han dictado importantes sentencias que afectan a la vida humana y su respeto. Una de 18 de octubre de 2011 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (caso Brüstle vs Greenpeace) y otra del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de 3 de noviembre de 2011 (caso SH y otros vs Austria). Como los problemas son complejos me referiré sólo a la primera.

Greenpeace demandó a un científico alemán –Oliver Brüstle– que registró en 1997 una patente referida a células progenitoras neuronales, a su procedimiento de producción y a la utilización de esas células en terapias referidas a enfermedades neurológicas. El problema es que tales células neurológicas se producen a partir de células madre embrionarias y para obtenerlas hay que emplear embriones humanos, lo que exige su destrucción. La cuestión es, por tanto, si son patentables procedimientos de producción de células madre que exigen destruir embriones humanos.

El Tribunal Federal de Patentes anuló la patente y Brüstle recurrió. El tribunal superior antes de sentenciar decidió plantear al Tribunal de Luxemburgo varias dudas sobre la interpretación de la Directiva europea de patentes biotecnológicas. Aclaro que el Tribunal de Luxemburgo no resuelve pleitos, sino que aclara a los tribunales nacionales las dudas que tengan sobre la interpretación del Derecho comunitario. Pues bien, en lo que ahora interesa y para resumir, lo que se le planteó entre otras cosas es si hay un embrión humano desde la fecundación, si comprende a las células madre embrionarias humanas, materia prima para producir esas células progenitoras neuronales.

El Tribunal de la Unión recuerda que el cuerpo humano, en los diferentes estadios de su desarrollo, no es una invención patentable y que por razón de la dignidad de la persona, es contrario al orden público o a la moralidad la clonación de seres humanos y el empleo de embriones humanos con fines industriales o comerciales. Define qué es el embrión y dice que el óvulo humano a partir de su fecundación es un embrión humano pues «la fecundación puede iniciar el proceso de desarrollo de un ser humano»; y añade que también lo son los óvulos humano no fecundados, a los que se implanta el núcleo de una célula humana madura o son estimulados mediante partenogénesis para dividirse y desarrollarse: no están fecundados, pero permiten desarrollar un ser humano.

La cuestión es que esa sentencia afecta a nuestras leyes sobre reproducción humana asistida (2006) e investigación biomédica (2007) y que se basan en una categoría –el «preembrión»– más ideológico, mercantil y utilitarista que científico. Significa que en los 14 días siguientes a la fecundación, lo que la ciencia llama «embrión humano», para esas normas no es tal sino un «preembrión» o conglomerado de células, luego puede ser objeto de experimentación y explotación mercantil.

Ya antes el Tribunal Constitucional había acogida esa categoría acientífica y declaró que si en el curso de esos tratamientos contra la esterilidad  hay «preembriones» que se pierden o los sobrantes se congelan o se ceden para la investigación, se está ante consecuencias o hechos «científicamente inevitables» con «arreglo a los conocimientos biomédicos actuales»; luego como el preembrión es un producto celular, rechazó que pudiera  protegerle el principio constitucional de «dignidad de la persona».

La sentencia del Tribunal de la Unión no sólo se basa en esa dignidad de la persona, negada por nuestro Tribunal Constitucional, sino que declara que el concepto de embrión debe ser uniforme en toda Europa. Por tanto, aunque su sentencia se refiera a un litigio sobre patentes, una misma realidad –el embrión humano– no debería tener significados distintos según la norma: si un óvulo fecundado es un embrión humano, lo es tanto para experimentar como para la reproducción asistida.

Esta sentencia debería replantear nuestra legislación que, además, es inconstitucional: según el Tribunal Constitucional, la destrucción o congelación de «preembriones» es admisible en tratamientos contra la infertilidad, es decir, con un fin reproductivo; sin embargo nuestras leyes lo permiten para la selección embrionaria, la clonación o la experimentación. Espero que el ganador del 20-N se replantee una legislación tan censurable: afecta a la vida humana, a su dignidad.

Fuente: Diario LA RAZÓN, Noviembre 2011


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