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30 RAZONES A FAVOR DE LA «VIDA»

Mensaje y mensajero… dos factores necesarias y complementarias. A menudo se utiliza la “autoridad” del mensajero para realzar el valor del “mensaje”, otras veces se pretende “matar” al mensajero para desprestigiar el valor de su mensaje. En esta ocasión, por una vez, proponemos el ejercicio inverso…. fijémonos en el valor de cada uno de los mensajes, en el contenido trasmitido, en las razones que lo sostienen, independientemente de quién sea el mensajero.

La defensa de práctica tan inhumana como el aborto se sustenta en una escala de valores fácilmente comprensible dentro de la extendida lógica individualista, nihilista y de base materialista predominante hoy en día, pero escasamente justificable desde un profundo sentido “humanista”. 30 razones a favor del valor superior de la «vida» humana frente a bienes de valor inferior, optándose muchas veces por la eliminación de esa «vida humana» en pro, frecuentemente, de un mayor bienestar de base material.

sivida

  1. La defensa de la «vida humana» no es cuestión de fe o religión o filosofía, de actitudes conservadoras, de creencias religiosas, sino cuestión de derechos humanos, de naturalidad, de sentido común y de valores, de profundas convicciones democráticas en el sentido más pleno del término.
  2. La defensa de la «vida» no es cuestión de actitudes retrógradas sino del más humano de los progresismos, del más excelso progresismo con rostro humano. La «vida» se defiende desde el sentido común, la ciencia y el derecho y no desde la obcecación ideológica, no desde la más retrógrada de las actitudes disfrazada de falso progresismo, no desde la sobrevaloración de las razones de “conveniencia” en contra del más elemental sentido común propia de los partidarios del aborto provocado. Hemos colocado los intereses materiales y los beneficios del capitalismo por encima de los valores morales.  Nada hay más progresista que defender al más indefenso, el no nacido. Compatible con la promoción de la maternidad y ante un embarazo imprevisto el apoyo integral a la mujer que lo necesite.
  3. Todos, desde la concepción, independientemente de la fase de desarrollo en la que nos encontremos formamos parte de la familia humana.
  4. No se puede jugar con la vida de otro ser humano, con el derecho primero de todo ser humano, el derecho a vivir, si queremos un futuro y un progreso para todos, y en igualdad para todos.
  5. Existe el derecho a vivir. No existe el derecho a matar. El aborto provocado no es un derecho, no existe el derecho a disponer de la vida de otro. Existe el derecho del ser humano a vivir.
  6. Las legislaciones que favorecen el aborto ponen en cuestión el carácter de «humano» de ese ser vivo desde el momento en que es concebido o gestado. Ese nuevo ser es visto como una cosa, un algo, no un alguien o un quién, al que bajo ningún concepto se le puede sustraer la condición inherente de «ser humano».
  7. A partir de ahí ya no se sabe quién es el sujeto del derecho fundamental a la vida: ¿el ser humano en cuanto tal o quien deciden los legisladores, las mayorías parlamentarias, el poder, en suma? Aquí hay una cuestión de fondo: quién decide cuándo y cómo se es «humano». ¿Quién lo decide? ¿O es que está en manos del poder– el decidir cuándo se es «humano»?
  8. El aborto nos pone ante uno de los asuntos más graves y delicados de la actual situación –y de las sociedades democráticas – respecto a los derechos humanos, como es el de la desaparición de un concepto de «ser humano» que no esté sometido a las decisiones cambiantes y de poder.
  9. El aborto es la violación del más fundamental de los derechos humanos: el derecho a la vida, entrañado en lo más propio de la dignidad inviolable de todo ser humano, base de la convivencia entre los hombres, base de la sociedad.
  10. Es lo más grave que ha sucedido en la historia de la humanidad y lo que marca una quiebra del hombre y de la sociedad nunca acaecida anteriormente. No tardará mucho la humanidad en avergonzarse de esto, como lo hace de la esclavitud o de genocidios, en su momento y lugar legales, pero tan horrendos, tan cercanos todavía a nosotros.
  11. El valor de la democracia se mantiene o cae en función de los valores que encarna y promueve. Quien niega el derecho a la vida de un miembro de la familia humana está contra la democracia y conduce a la sociedad al desastre. Legitimar la muerte de un inocente por medio del aborto mina y destruye el fundamento de la sociedad.
  12. En el aborto se viola el «no matarás», inscrito en la naturaleza humana y que pertenece a la «gramática común» del ser humano. Se trata de un crimen contra la persona y la sociedad, perpetrado, además, en seres humanos inocentes, débiles e indefensos.
  13. Con el aborto se sacrifica la vida de un ser humano frente a bienes de valor inferior y se supedita el bien común a la eliminación de la vida en pro, frecuentemente, de un bienestar.
  14. La generalización en nuestros días del aborto legal –son muchos millones al año en todo el mundo y más de cien mil en España – en base a legislaciones permisivas en favor del aborto, constituye una grandísima derrota de la humanidad.
  15. Han sido derrotados los legisladores y quienes han de aplicar el derecho, llamados a implantar la justicia, defender al inocente y proteger al débil.
  16. El Estado en lugar de intervenir, como es su misión, para defender al inocente en peligro, impidiendo su muerte y asegurando, con medios adecuados, su existencia; con sus leyes permisivas contra la vida, como es el aborto legal, está autorizando, de facto, la violación de un derecho fundamental y la ejecución de «sentencias de muerte» injustas, sin que, además, el «nasciturus», en este caso también «moriturus», pueda defenderse.
  17. El tema del aborto no es una cuestión puntual, ni un simple problema moral de algunos sectores de la población. Se trata de una cuestión de razón que apunta a las grandes e imprescindibles bases y valores que sustentan la democracia, esto es: la dignidad del «ser humano», el respeto a sus derechos inviolables, así como el considerar el «bien común» como fin y criterio regulador de la vida política.
  18. El valor de la democracia se mantiene o cae en función de los valores que encarna y promueve. Para ser verdadera, crecer y fortalecerse, la democracia necesita de una ética y de un derecho que se fundamenta en la verdad del hombre y reclama el concepto de persona humana como sujeto trascendente de derechos fundamentales e inalienables, anterior al Estado y a su ordenamiento jurídico.
  19. Un mero consenso que ignore la verdad de la persona humana es insuficiente para un orden social justo y honrado.
  20. Una sociedad en la que la dimensión moral de las leyes no es tenida suficientemente en cuenta o se vulnera, es una sociedad desvertebrada, literalmente desorientada, fácil víctima de la manipulación, de la corrupción y del autoritarismo.
  21. Una sociedad que busca la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer, de forma extraña rompe esta igualdad cuando hablamos de la procreación al vaciar de responsabilidad al padre.
  22. Una joven de 16 años, sin el consentimiento de los padres, puede abortar. Sin embargo, no puede comprar tabaco, ni alcohol, ni puede conducir un coche… pero, puede abortar. Los padres son los primeros en amarla, son los más interesados en su bien, son sus mejores consultores para aconsejarla y apoyarla. Su exclusión, en definitiva, rompe los vínculos familiares y deja a la mujer más sola.
  23. Con la nueva ley, se perderá sensibilidad personal y social para acoger una nueva vida y se marchitarán otras formas de acogida provechosas para la vida social, puesto que se atacan los valores de la dignidad de la persona, la justicia y la paz.
  24. Es injusta y sectaria: pretende mejorar la protección y las garantías sólo de una de las partes, las mujeres y los/las profesionales, sin tener para nada enc cuenta la protección que constitucionalmente consagrada del que va a nacer.
  25. Es lamentable que un asunto como el aborto se trate no desde el punto de vista del derecho a la vida del que se está gestando, que es lo que está verdaderamente en juego, sino en la perspectiva de los derechos propios de la mujer y demás partes a la que sin duda hay que ayudar y proteger, también en el ser madre.
  26. Teniendo en cuenta la realidad del aborto en la sociedad actual, cuando se proclama redoblado ímpetu todo tipo de violencia entre seres humanos, cabe preguntarse por qué no se aplica también al ser humano no nacido, porque ¿hay algo más violento que cercenar la vida de un congénere nuestro de forma tan macabra como supone la práctica del aborto y que atente más a la dignidad humana que la destrucción y muerte del embrión o el feto humanos?
  27. Cómo es posible que el mundo ecologista, algunos grupos defensores de la naturaleza o de los derechos de los animales, no se declaren contrarios al aborto, como si la conservación de toda vida humana no formara parte de la conservación de la naturaleza. Son capaces de defender un nido de rapaces, pero no la vida del embrión o del feto humano.
  28. En definitiva se trata de una ley ilegítima, incongruente, injusta inconstitucional, inútil e inoportuna.
    • Es Ilegítima, porque el PSOE —que obtuvo la confianza mayoritaria de la ciudadanía española en las elecciones generales de 2009— no comprometió en su programa electoral ninguna reforma expresa en esta materia.
    • Es incongruente porque con este Proyecto de ley el Gobierno renuncia de facto a su obligación de hacer progresar y mejorar la calidad vital de la sociedad española y, mientras en otros aspectos y disciplinas que afectan a la vida y a la naturaleza humana y medioambientales se muestra activo y diligente, en cambio se muestra irresponsablemente tolerante en lo que respecta a la protección de la vida del no nacido.
    • Es injusta porque no encuentra la fórmula que garantice, de forma equilibrada y justa la protección de los intereses que entran en conflicto en un supuesto aborto voluntario: el derecho a la vida del nasciturus y la voluntad o deseo de abortar de la futura madre.
  29. El TC ha establecido que estamos ante “graves conflictos de características singulares que no pueden contemplarse tan sólo desde la perspectiva de los derechos de la mujer o desde la protección de la vida del nasciturus. Ni esta puede prevalecer incondicionalmente frente a aquellos, ni los derechos de la mujer pueden tener primacía absoluta sobre la vida del nasciturus, dado que dicha prevalencia supone la desaparición en todo caso de un bien no solo constitucionalmente protegido sino que encarna un valor central el ordenamiento jurídico”.
  30. Sobre la base de esta argumentación jurídica, se puede concluir que es manifiestamente inconstitucional el carácter de la reforma operada por la ley de referencia al tratar el derecho de la madre a abortar durante las primeras catorce semanas como bien absoluto, omitiendo, en consecuencia, la debida protección del derecho de vivir del nasciturus, cuya vida pende exclusivamente de la voluntad materna.

Elaboración propia

 


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