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Los Derechos Humanos y su fundamentación

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Uno de los hitos fundamentales de la humanidad ha sido la Declaración Universal de los Derechos Humanos (ver aquí). Los Derechos Humanos tal como se maneja hoy en día están basados fundamentalmente en tres principios: Dignidad, Igualdad, No discriminación. Las personas poseemos dignitas. Por el solo hecho de ser personas somos dignos de consideración y respeto absolutos. La dignidad da al ser humano el derecho fundamental de realizar su finalidad, su destino. No podemos otorgarla ni está en nuestras manos retirársela a alguien, es algo que nos viene dado. Igualdad: los Derechos Humanos son innatos, inherentes a todos los seres y que no puede haber seres humanos excluidos del goce y del beneficio de éstos. Conforme a esto, el principio de igualdad protege a la persona frente a discriminaciones arbitrarias, irracionales. No discriminación: además de tener derechos humanos, no puede ni debe haber ningún tipo de distinción en cuanto a derechos con respecto a las diferencias existentes entre las personas. Cada hombre, mujer y niño tiene el derecho a estar libre de discriminación basada en género, raza, etnia, orientación sexual u otra condición. Cada hombre y mujer es un ser único e irrepetible. Todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí. La sociedad contemporánea debe estar fundada sobre una cultura de pluralismo ideológico y el respeto por la diferencia.

  1. Diferencia entre principios y valores
  2. En ética, los principios son reglas o normas de conducta que orientan la acción. Se trata de normas de carácter general. Los valores, son cualidades que permiten ponderar el valor ético o estético de las cosas, por lo que es una cualidad especial que hace que las cosas sean estimadas en sentido positivo o negativo.

  3. Principios que fundamentan los Derechos Humanos
  4. En general, el concepto de los Derechos Humanos tal como se maneja hoy en día está basado fundamentalmente en tres principios:

    • Dignidad
    • Igualdad
    • No discriminación

    Dignidad

    El artículo 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) establece:

    “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”.

    La dignidad es un principio inamovible de los Derechos Humanos, la Constitución Política del Estado(CPE) boliviano declara en su artículo 8 parágrafo II “El Estado se sustenta en los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía,  transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, distribución y redistribución de los productos y bienes sociales, para vivir bien”.

    La dignidad de la persona, dice Beuchot, "da al ser humano el derecho fundamental de realizar su finalidad, su destino. Es el derecho de alcanzar su propia esencia". La dignidad puede ser apreciada en todas las personas, pero no podemos otorgarla ni está en nuestras manos retirársela a alguien, es algo que nos viene dado, es anterior a nuestra voluntad y reclama de nosotros una actitud proporcionada, adecuada: su respeto incondicionado y absoluto. Por ello, aún en el caso de que toda la sociedad decidiera por consenso dejar de respetar la dignidad humana, ésta seguiría siendo una realidad presente en cada ciudadano Aún cuando algunos fueran relegados a un trato indigno, perseguidos, encerrados en campos de concentración o eliminados, este desprecio no cambiaría en nada su valor inconmensurable en tanto que seres humanos.

    A la pregunta de qué principio es el que justifica que a los seres humanos, sin otra exigencia que la de pertenecer a la especie humana, se les reconozca el título suficiente para reclamar ciertas prestaciones por parte de los demás seres humanos, Carlos Massini responde que la razón radica en “.....la especial dignidad personal que compete a todo hombre (y mujer) y que le (la) hace acreedor o acreedora, sólo por esa dignidad, a un cierto respeto y colaboración por parte de los demás sujetos.

    El mismo Massini señala que la persona humana está revestida de ciertas calidades que la hacen más perfecta que el resto de los entes del universo… Esa dignidad o perfección, que supone una cierta superioridad, un rango eminente, un mérito especial, se vinculó ya en los orígenes latinos de la palabra dignitas, con las nociones de respeto y de ser merecedor de o acreedor a ciertas prestaciones...” Respeto significa tomar en serio el pensamiento de la o el otro: discutirlo, debatir sin agredir, sin violentar, sin ofender, sin intimidar.

    Igualdad

    El principio de la igualdad basado en la Declaración Universal señala que los Derechos Humanos son innatos, inherentes a todos los seres y que no puede haber seres humanos excluidos del goce y del beneficio de éstos.

    El reconocimiento de la igualdad, como elemento básico de formación de una sociedad democrática, aparece en el ordenamiento jurídico de nuestro país y a ella se debe someter la actividad del Estado. Este principio no apunta a hacernos a todos y todas “idénticos” sino más bien, en el marco del respeto y valoración de la diversidad, garantizarnos a todos y todas el acceso al ejercicio efectivo de los Derechos Humanos.

    No discriminación

    El principio de la no discriminación va más allá incluso del principio de la igualdad porque nos dice que, además de tener derechos humanos, no puede ni debe haber ningún tipo de distinción en cuanto a derechos con respecto a las diferencias existentes entre las personas.

    Cada hombre, mujer y niño tiene el derecho a estar libre de discriminación basada en género, raza, etnia, orientación sexual u otra condición, así como a otros derechos humanos fundamentales que dependen de la realización plena de los derechos humanos para la protección de la discriminación. Estos derechos se encuentran establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los Pactos Internacionales, la Convención Internacional de los Derechos del Niño y otros tratados y declaraciones internacionales; todas éstas constituyen herramientas poderosas que deben ser puestas en marcha para eliminar todo tipo de discriminación.

    La Declaración Universal de los Derechos Humanos determina: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.....Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole.....Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley......Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual   salario   por   trabajo   igual.   Toda   persona   que   trabaja   tiene   derecho   a   una remuneración equitativa y satisfactoria... Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses. (Declaración Universal de los Derechos Humanos Art. 1,2,7, 23)

    No cabe la posibilidad de vivir en un sistema democrático verdadero si no se construye la plena vigencia del conjunto de derechos que tenemos todas las personas sin ninguna discriminación y en condiciones de igualdad, por ello ambos principios cruzan toda la normativa existente sobre la materia.

  5. Interculturalidad y Derechos Humanos
  6. Al analizar los fundamentos de los Derechos Humanos se deben tomar en cuenta algunas precauciones de orden cultural, ya que algunos autores y estudiosos del tema han asegurado que la perspectiva de los mismos responde a un criterio occidental, el mismo que ha sido plasmado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, no tomando en cuenta aspectos de la realidad de países con otra cultura y cosmovisión.

    Uno de los retos actuales para los Derechos Humanos consiste en encontrar puntos de conexión entre las corrientes doctrinales que propugnan la universalidad de los Derechos Humanos y las que están a favor del relativismo cultural.

    Al respecto, en la Declaración y Programa de Acción de Viena, aprobado por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, celebrada el 25 de junio de 1993 se señaló lo siguiente:

    Todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí. La comunidad internacional debe tratar los derechos humanos en forma global y de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y dándoles a todos y todas el mismo valor. Debe tenerse en cuenta la importancia de las particularidades nacionales y regionales, así como de los diversos patrimonios históricos, culturales y religiosos, pero los Estados tienen el deber, sean cuales fueren sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales”.

  7. El respeto por las otras personas
  8. La sociedad contemporánea debe estar fundada sobre una cultura de pluralismo ideológico y el respeto por la diferencia, debe prevalecer la facultad de pensar distinto de las y los demás sin tener que agredir al otro o la otra para imponer una idea, una causa o una razón.

    No hay dos hojas, ni dos flores, ni dos frutos iguales, tampoco hay dos animales, aún de la misma especie, idénticos. Mucho menos podemos encontrar a dos seres humanos iguales, por lo tanto, cada hombre y mujer es un ser único e irrepetible.

    Una cultura de respeto por la otra persona nos permite pensar una sociedad abierta, democrática, pluralista y participativa que realice los sueños y la imaginación de las personas con todas sus potencialidades y audacias desde las diferentes perspectivas de pensar la sociedad, la realidad, el mundo y la vida.

    No es posible construir una sociedad democrática sin valores necesarios y básicos, en este marco la alteridad y el respeto son valores indisolubles para la realización de los derechos humanos.

    Fuente: Adjuntaría de Promoción y Análisis Unidad de Educación en Derechos Humanos. Bolivia
    http://www.defensoria.gob.bo/archivos/modulo5.PDF

Ver también: De cómo unos llegaron a usurpar los derechos de los otros


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